Sobre la interpretación del Derecho
Resumo
Las profundas transformaciones de los ordenamientos jurídicos actuales han determinado la existencia de una preocupación especial por los problemas relativos a la interpretación y aplicacíon del Derecho. Los juristas tienen la percepción de que algunas decisiones jurídicas de los jueces - y también de los funcionarios de la Aministración- se alejan bastante de las previsiones del propio sistema jurídico. En definita, se reconoce que la labor de interpretación realizada por los órganos de aplicación del Derecho puede modificar en algún sentido el significado de las normas jurídicas con la consecuencia de que tales órganos son los que, en sentido propio, determinan cuál es el contenido del Derecho para cada caso concreto y, por tanto, serían los encargados de dotar de sentido a todos los enunciados jurídicos. El aumento del protagonismo judicial ha sido propiciado y fomentado por el propio contenido de los actuales sistemas jurídicos y no se debe ni mucho menos a una usurpación o invasión de competencias por parte de los jueces. En efecto, tales sistemas son intencionadamente vagos y ambiguos de manera que posibilitan la obtención de decisiones diferentes y -a veces- contradictorias. Todos ellos reconocen un amplísimo margen de libertad a los sujetos encargados de aplicar el Derecho que se articula a través de los criterios interpretativos. Los criterios interpretativos constituyen la coartada perfecta para la justificación de las decisiones jurídicas y no permiten un control efectivo de la actuación judicial. Es cierto que existen ciertos mecanismos de control pero todos ellos tienen un mero carácter formal y , en consecuencia, resultan insuficientes.